Ley de alquileres: Dictamen aprobado en Diputados.

Falta fijar fecha para la Sesión
Algunos cambios a la legislación actual:

No puede requerirse del locatario:

  • El pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes.
  • Depósitos de garantía por cantidad mayor del importe equivalente al primer mes de alquiler.
  • El depósito de garantía será devuelto mediante la entrega de una suma equivalente al precio del último mes de la locación
  • El contrato de locación de inmueble, cualquiera sea su destino, si carece de un plazo expresado y determinado mayor, se considerará celebrado por el mínimo legal de tres años.

Interesante el capítulo de las Garantías:

Para las viviendas el locatario propondrá al locador al menos dos de las siguientes garantías:

  • Garantía inmobiliaria;
  • Aval bancario;
  • Seguro de caución;
  • Garantía de fianza; o
  • Garantía personal del locatario, que se documentará con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente.

Esta ley va a facilitar el acceso a quien necesita alquilar, y el desalojo de quien no cumpla con sus obligaciones como inquilino.

Se modifica tambien el regimen de actulizaciones de los valores de locación.

Mirá el dictamen completo: