DNU: La CGT analiza convocar a un paro nacional

La CGT evalúa la posibilidad de convocar a un paro nacional en rechazo al decreto impulsado por Milei, que afecta significativamente los derechos laborales establecidos por ley. Un dirigente que conversó con la cúpula sindical indicó que se encuentran en un estado de alerta y preparados para la confrontación.

Los líderes principales de la CGT han acordado reunirse mañana para debatir la convocatoria a un paro a nivel nacional en respuesta al decreto que contempla 300 medidas anunciadas por el presidente Javier Milei. Un dirigente del peronismo, quien dialogó esta noche con Héctor Daer, líder de la CGT, expresó que «están en pie de guerra».

Desde uno de los gremios que forma parte de la central obrera, señalaron a que la acción del gobierno libertario resulta sumamente cuestionable. El decreto desafía la tradicional fase de gracia otorgada a las nuevas administraciones, generando no solo la resistencia de la CGT sino también el resurgimiento de manifestaciones callejeras, concentrándose en el Congreso y desafiando a Patricia Bullrich, quien en esta ocasión optó por no movilizar a la policía.

Entre las medidas que han suscitado preocupación en el movimiento obrero se encuentran la abolición de la ultraactividad de los convenios, las disposiciones relativas al teletrabajo, la ampliación del período de prueba y la desregulación de las obras sociales.

Contra las garantías y conquistas laborales

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en materia de derechos laborales provoca una alteración sustancial en la Ley de Contrato de Trabajo y la legislación protectora, así como en los fundamentos del derecho de huelga y las garantías de progresividad en los derechos laborales.

Uno de los cambios más significativos radica en la flexibilización del principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales, permitiendo la suscripción de acuerdos individuales que reducen las condiciones laborales.

Se habilita la implementación de bancos de horas, facilitando el trabajo a destajo sin restricciones significativas. El derecho de huelga se ve fuertemente limitado al ampliar la definición de servicios esenciales, ahora obligando a garantizar el 75% de la prestación, y se introduce la categoría de «servicios trascendentales» con una discrecionalidad que abarca prácticamente todos los sectores.

Se considerará una grave injuria laboral el bloqueo de empresas o la obstrucción de la producción, siendo causal de despido. La responsabilidad solidaria entre empresas se ve modificada, eximiendo a estas últimas de responder por las acciones de las tercerizadas. La ultraactividad, que permite la vigencia de los convenios colectivos más allá de su vencimiento hasta la firma de uno nuevo, se aplicará únicamente a cláusulas convencionales relacionadas con las condiciones laborales y no a las asociativas, impactando directamente en los gremios y sus contribuciones.

En cuanto a las sanciones, el decreto derogará todas las multas por mala registración y los incrementos indemnizatorios. Además, se extiende el período de prueba de 3 a 8 meses y se prevé la posibilidad de renunciar a la licencia por maternidad.