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Prestadores alertan por cambios en discapacidad dentro del Presupuesto 2027

El artículo 39 del proyecto enviado por el Gobierno modifica el sistema de aranceles de la Ley 24.901 y elimina la obligación de que exista un valor uniforme para todos los financiadores. Organizaciones y prestadores advierten que la medida podría fragmentar el sistema y afectar el acceso efectivo a las terapias. La propuesta retoma uno de los puntos centrales de un proyecto que el Poder Ejecutivo había enviado al Senado en abril.

El proyecto de Presupuesto Nacional 2027 abrió un nuevo frente de conflicto en materia de discapacidad. Prestadores del sector advirtieron que dentro del articulado se incorporó una modificación sustancial al régimen de prestaciones básicas vigente y denuncian que, bajo una norma presupuestaria, el Gobierno intenta avanzar sobre derechos establecidos por la Ley 24.901 y por la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad 27.793.

El punto central aparece en el artículo 39 del proyecto, que sustituye el artículo 7° bis de la Ley 24.901. La legislación actualmente vigente establece que los valores de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas deben ser iguales para todas las personas jurídicas obligadas, determinados por el Directorio del sistema y actualizados conforme al mecanismo previsto legalmente.

La propuesta incluida en el Presupuesto cambia esa lógica. El nuevo texto establece expresamente que “el Nomenclador de prestaciones básicas no incluirá valores universales” y dispone que los montos sean determinados por cada ente obligado en su relación con los respectivos prestadores. Para las prestaciones a cargo del Estado nacional, los aranceles serían fijados trimestralmente por la Secretaría Nacional de Discapacidad y, si esa actualización no se realizara en término, intervendría el Ministerio de Salud tomando como referencia el IPC.

Propone eliminar el sistema de prestaciones que rige hace tres décadas para eliminar los valores universales de las terapias. De esta manera, cada obra social o prepaga podrá definir valores. Es parte del proyecto del Senado que nunca fue tratado. También se derogan la mayoría de los artículos de la Ley de Emergencia”, advirtieron prestadores consultados sobre el articulado.

Insisten

La redacción incorporada al Presupuesto no es nueva. Es prácticamente idéntica a la incluida en abril por el Poder Ejecutivo en el proyecto denominado “Ley contra el Fraude de Pensiones por Invalidez”, enviado al Senado mediante el Mensaje 109/2026 y registrado como expediente PE-100/26-PL. La iniciativa fue girada a las comisiones de Trabajo y Previsión Social, Población y Desarrollo Humano y Presupuesto y Hacienda.

Ese proyecto proponía precisamente eliminar la uniformidad de los aranceles y permitir que cada organismo financiador determinara los valores de las prestaciones. Medios que analizaron entonces la iniciativa señalaron que obras sociales y empresas de medicina prepaga pasarían a negociar directamente los precios de terapias, acompañantes terapéuticos, centros de día y otras prestaciones con los prestadores.

Además, aquella iniciativa modificaba varios puntos de la Ley 27.793 y proponía derogar expresamente sus artículos 5°, 8°, 9°, 14 y 20, además de sustituir otros artículos vinculados con pensiones, compatibilidad con el empleo y compensaciones a los prestadores. La advertencia actual de las organizaciones sobre el Presupuesto 2027 coincide, por lo tanto, con el contenido de ese antecedente legislativo, aunque deberá analizarse el articulado completo del nuevo proyecto para determinar exactamente cuáles de esas disposiciones fueron nuevamente incorporadas.

De un arancel nacional a múltiples valores

La modificación del artículo 7° bis podría representar un cambio profundo en el funcionamiento económico del sistema. Con la legislación vigente, el objetivo es que una misma prestación tenga un valor arancelario común independientemente de quién sea el financiador. El proyecto propone conservar un “piso mínimo prestacional común”, pero aclara expresamente que universalidad no significará homogeneidad de aranceles ni de modalidades de financiamiento.

Ese punto concentra las críticas. Cámaras de prestadores ya habían advertido frente al proyecto de abril que la eliminación de valores nacionales podría generar una atomización de aranceles según la capacidad financiera de cada obra social, prepaga o jurisdicción y producir diferencias territoriales en las condiciones de atención.

El Gobierno sostiene una interpretación diferente. El texto señala que la reforma busca garantizar acceso “efectivo, oportuno y de calidad” en todo el país, tomando en consideración las diferencias regionales de costos y capacidad financiera. En septiembre, el secretario nacional de Discapacidad, Alejandro Vilches, defendió ante Diputados la política oficial y afirmó que el objetivo es garantizar las prestaciones con criterios de transparencia y sostenibilidad.

Qué será de las terapias

Hay una precisión importante. El artículo 39 exhibido no establece literalmente que una obra social o prepaga pueda decidir libremente qué terapia cubrir y cuál no. La Ley 24.901 continúa estableciendo un sistema de prestaciones básicas y obligaciones de cobertura. Lo que sí cambia explícitamente es el régimen de valores universales, habilitando que los diferentes entes obligados establezcan distintos aranceles. La discusión planteada por los prestadores es que esa fragmentación económica podría repercutir posteriormente en la disponibilidad efectiva de profesionales, instituciones y tratamientos.

La preocupación se produce, además, cuando el sector viene reclamando por atrasos de pagos, compensaciones y costos de funcionamiento. Durante 2026 el Gobierno actualizó periódicamente los aranceles del nomenclador: por ejemplo, dispuso aumentos del 1,9% para julio y del 2,1% para agosto, tomando como referencia la evolución del IPC.

La discusión al Congreso

El conflicto aparece en un momento especialmente sensible. Este 16 de septiembre las comisiones de Discapacidad y de Presupuesto y Hacienda de Diputados fueron convocadas para comenzar a tratar la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2027 de la Emergencia Nacional en Discapacidad, actualmente vigente hasta fines de este año.

De esta manera, el Congreso tendrá simultáneamente sobre la mesa dos discusiones de signo diferente: por un lado, la propuesta de extender la emergencia y mantener las herramientas extraordinarias creadas por la Ley 27.793; por otro, el Presupuesto 2027, que incorpora una modificación estructural al mecanismo mediante el cual se determinan los valores de las prestaciones.

La disputa, por lo tanto, excede una cuestión estrictamente presupuestaria. El debate será si la eliminación de un valor arancelario común permite adaptar mejor el sistema a las realidades de cada financiador y jurisdicción, como plantea el esquema oficial, o si —como advierten prestadores y organizaciones— termina generando prestaciones con distintos valores y condiciones según la cobertura o el lugar de residencia de cada persona con discapacidad.

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