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Agustín Coto

Como establece el artículo 17 de la sagrada Constitución Nacional:
“La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley y… pic.twitter.com/kDFFjy0dSV
— Agustín Coto (@agustinpcoto) August 6, 2026



